ASOCIACIÓN
DE LOS ESTUDIANTES DE MEDICINA.
FINES
Y COMETIDO
a) Bregar por
realizar las aspiraciones de perfeccionamiento que animan a la colectividad
estudiantil en general y a la medicina en particular, contribuyendo a hacer
efectiva la solidaridad de los universitarios en torno a ellas y a los
principios de la verdadera democracia.
b) La
defensa de la enseñanza pública, laica y gratuita; la autonomía y el cogobierno universitario; la
libertad de cátedra, intelectual y de opinión; la implementación de políticas de
extensión hacia los diferentes sectores populares y al servicio de los más
necesitados.
c)
La
defensa de los intereses morales de
los estudiantes de medicina y de los morales o materiales del gremio, frente a
los organismos docentes y sanitarios y a la población; así como a la solución
decorosa de todos los problemas económicos y profesionales que tengan relación con el estudiante de
medicina.
d) La
defensa de la posición estudiantil en los órganos de cogobierno de la Facultad
de Medicina y de la Universidad de la República; y en los organismos y organizaciones que
corresponda, a través de sus delegados.
e)
La
defensa de la libertad, los valores morales, el ideal de paz, los principios de
justicia, los derechos humanos y la cultura en general.
f)
Promover
aquellas instancias, proyectos y cualquier actividad que la Asociación entienda
tenga como objetivos mejorar la salud de la población en
general.
g) La
defensa del Hospital de Clínicas, como Hospital Universitario y referencia
ética, asistencial y docente.
PRECINDENCIA.
Reconociendo
que la juventud no puede permanecer al margen de los problemas económicos y sociales, la Asociación de los
Estudiantes de Medicina, encarará estos problemas cuando las
circunstancias
lo requieran, prescindiendo en todas sus actividades de cualquier sectarismo
filosófico, religioso o político partidario.
SOCIOS
Podrán ser socios de la
Asociación de los Estudiantes de Medicina todas las personas que reúnan las
condiciones de admisibilidad y cumplan con las exigencias determinadas en el
Reglamento General. Las categorías, derechos y deberes de los asociados serán
determinados por el Reglamento General, y se entenderá que todo socio, al
ingresar a la Institución y durante su permanencia en ella, reconoce y acepta
los fines y cometidos de la Asociación.
CATEGORIA DE
SOCIOS.
Los socios de la Asociación
de los Estudiantes de Medicina estarán comprendidos en cinco categorías, cuyas
definiciones, obligaciones, deberes y derechos, se señalan posteriormente.
Ellas son:
a) Honorarios
b) Activos
c)
Adherentes
d) Corresponsales
e)
Cooperadores
Serán socios
honorarios las personas que por sus relevantes condiciones o por los
servicios prestados a la Institución, sean aceptadas como tales por dos tercios
de votos de la Asamblea General.
Serán socios
activos los estudiantes de la Facultad de Medicina que reconozcan y acepten
los fines y cometidos de la Asociación.
Serán socios
adherentes aquellos que, comprendidos en las condiciones de ser socios
activos, justifiquen su imposibilidad de contraer ante la Asociación las
obligaciones de cuota que les corresponde a los socios
activos.
Serán socios
corresponsales los que acepten tal designación de la Comisión Directiva
teniendo su residencia en el interior o en el extranjero,
Serán socios
cooperadores las personas que, contribuyen de cualquier manera a la
realización de los principios de que está animada la Institución, sean aceptados
como tales por la Comisión Directiva.
Los socios pertenecientes
a cualesquiera de las categorías establecidas previamente, merecerán la
denominación de socios
Cooperadores, además de la denominación que les corresponda, cuando,
independientemente de su cuota regular, establecieran un aporte suplementario y
permanente.
AFILIACIÓN
La admisión estará
supeditada a los siguientes requisitos:
a) El aspirante deberá
presentar una solicitud debidamente firmada, en la que se especifique que conoce
y acepta los fines de la Institución.
b) Recibida en Secretaria la
solicitud debidamente llenada y firmada, se elevará a la Comisión Directiva para
la oportuna consideración.
c)
La Comisión Directiva
podrá aceptar por simple mayoría una solicitud presentada en esas condiciones.
Una vez aceptada, se comunicará al nuevo asociado, que le ha sido concedida la
afiliación.
La Comisión Directiva
puede previamente a la resolución sobre una solicitud, requerir al firmante las
aclaraciones que se juzguen necesarias respecto a sus actitudes gremiales o
universitarias, cuando a su juicio ellas hayan podido vulnerar los intereses
colectivos, o estén en desacuerdo con los principios de la Institución. La
Secretaría comunicará al solicitante la resolución tomada.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
DE LOS SOCIOS.
Son derechos de
todos los asociados:
a) Usufructuar de los
beneficios que brinde la Asociación, previa presentación del carnet y de uno de
los tres últimos recibos mensuales.
b) Recibir la revista y
demás publicaciones de la Institución.
Sin prejuicio de lo
anterior TODAS las comisiones de trabajo de la Asociación son abiertas a
cualquier estudiante de medicina que desee participar de las
mismas.
Son deberes y
obligaciones de los socios:
a) Conocer y cumplir las
disposiciones que se dicten por la Comisión Directiva o Asambleas, debiendo
acatar los fallos y resoluciones tomados por dichos órganos.
b) Cooperar para que la
Asociación alcance las finalidades y propósitos que dieron motivo a su
creación.
c)
Velar por la conservación
del patrimonio de la Institución.
d) Estar al día con la en el pago de sus cuotas
sociales.
e)
Comunicar por escrito
cuando presente renuncia o cambie de domicilio.

CUOTA
SOCIAL
Los asociados abonarán
con puntualidad en Secretaría las cuotas mensuales.
Los socios honorarios,
adherentes y corresponsales, no abonarán cuota alguna.
SUSPENSIÓN O CESE DE LOS
DERECHOS SOCIALES.
La calidad de socio se
perderá:
a) Por renuncia
escrita.
b) Por el atraso de tres
meses en el pago de las cuotas sociales, En este caso se apercibirá al socio
moroso con un primer aviso. Transcurridos 15 días sin haber regularizado su
situación, se enviará un segundo aviso acordándosele un plazo definitivo de 15
días, vencido el cual, si no hubiese abonado las cuotas adeudadas, quedará
eliminado de hecho del Registro social.
c)
En todos los demás casos,
la suspensión o cese de los derechos sociales estarán regidos por el Reglamento
General.
INGRESO.
Cuando un asociado sea
eliminado del Registro Social por las causas establecidas en el punto b)
anterior; podrá reingresar mediante el pago de las cuatro cuotas atrasadas
recuperando sus derechos en el momento de ponerse al día, siempre que no haya
transcurrido un año desde su eliminación. Excedido ese plazo deberá abonar las
cuatro cuotas atrasadas, y llenar todos los requisitos reglamentarios exigidos
para el ingreso de nuevos socios.
En casos especiales y
considerados justificados, la Comisión Directiva quedará facultada para realizar
acuerdos y amnistías relacionados con el cobro de las cuotas
atrasadas.
CARNET
SOCIAL.
Los carnets y tarjetas
de la Institución, son personales y en consecuencia intransferibles. El socio
que contrariará esta disposición, será pasible de sanciones, que aplicará
la Comisión Directiva o la Asamblea.
POR INFORMACIÓN Y
CONSULTAS: http://www.aem.fmed.edu.uy/