ASOCIACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE MEDICINA.

 

FINES Y COMETIDO

a)    Bregar por realizar las aspiraciones de perfeccionamiento que animan a la colectividad estudiantil en general y a la medicina en particular, contribuyendo a hacer efectiva la solidaridad de los universitarios en torno a ellas y a los principios de la verdadera democracia.

b)    La defensa de la enseñanza pública, laica y gratuita; la autonomía  y el cogobierno universitario; la libertad de cátedra, intelectual y de opinión; la implementación de políticas de extensión hacia los diferentes sectores populares y al servicio de los más necesitados.

c)     La defensa de los  intereses morales de los estudiantes de medicina y de los morales o materiales del gremio, frente a los organismos docentes y sanitarios y a la población; así como a la solución decorosa de todos los problemas económicos y profesionales que  tengan relación con el estudiante de medicina.

d)    La defensa de la posición estudiantil en los órganos de cogobierno de la Facultad de Medicina y de la Universidad de la República;  y en los organismos y organizaciones que corresponda, a través de sus delegados.

e)     La defensa de la libertad, los valores morales, el ideal de paz, los principios de justicia, los derechos humanos y la cultura en general.

f)       Promover aquellas instancias, proyectos y cualquier actividad que la Asociación entienda tenga como objetivos mejorar la salud de la población en general.

g)    La defensa del Hospital de Clínicas, como Hospital Universitario y referencia ética, asistencial y docente.

 

PRECINDENCIA.

Reconociendo que la juventud no puede permanecer al margen de los problemas económicos  y sociales, la Asociación de los Estudiantes de Medicina, encarará estos problemas cuando las

circunstancias lo requieran, prescindiendo en todas sus actividades de cualquier sectarismo filosófico, religioso o político partidario.

 

SOCIOS

Podrán ser socios de la Asociación de los Estudiantes de Medicina todas las personas que reúnan las condiciones de admisibilidad y cumplan con las exigencias determinadas en el Reglamento General. Las categorías, derechos y deberes de los asociados serán determinados por el Reglamento General, y se entenderá que todo socio, al ingresar a la Institución y durante su permanencia en ella, reconoce y acepta los fines y cometidos de la Asociación.

 

CATEGORIA DE SOCIOS.

Los socios de la Asociación de los Estudiantes de Medicina estarán comprendidos en cinco categorías, cuyas definiciones, obligaciones, deberes y derechos, se señalan posteriormente. Ellas son:

a)    Honorarios

b)    Activos

c)     Adherentes

d)    Corresponsales

e)     Cooperadores

Serán socios honorarios las personas que por sus relevantes condiciones o por los servicios prestados a la Institución, sean aceptadas como tales por dos tercios de votos de la Asamblea General.

Serán socios activos los estudiantes de la Facultad de Medicina que reconozcan y acepten los fines y cometidos de la Asociación.

Serán socios adherentes aquellos que, comprendidos en las condiciones de ser socios activos, justifiquen su imposibilidad de contraer ante la Asociación las obligaciones de cuota que les corresponde a los socios activos.

Serán socios corresponsales los que acepten tal designación de la Comisión Directiva teniendo su residencia en el interior o en el extranjero,

Serán socios cooperadores las personas que, contribuyen de cualquier manera a la realización de los principios de que está animada la Institución, sean aceptados como tales por la Comisión Directiva.

Los socios pertenecientes a cualesquiera de las categorías establecidas previamente, merecerán la denominación  de socios Cooperadores, además de la denominación que les corresponda, cuando, independientemente de su cuota regular, establecieran un aporte suplementario y permanente.

 

AFILIACIÓN

La admisión estará supeditada a los siguientes requisitos:

a)    El aspirante deberá presentar una solicitud debidamente firmada, en la que se especifique que conoce y acepta los fines de la Institución.

b)    Recibida en Secretaria la solicitud debidamente llenada y firmada, se elevará a la Comisión Directiva para la oportuna consideración.

c)     La Comisión Directiva podrá aceptar por simple mayoría una solicitud presentada en esas condiciones. Una vez aceptada, se comunicará al nuevo asociado, que le ha sido concedida la afiliación.

La Comisión Directiva puede previamente a la resolución sobre una solicitud, requerir al firmante las aclaraciones que se juzguen necesarias respecto a sus actitudes gremiales o universitarias, cuando a su juicio ellas hayan podido vulnerar los intereses colectivos, o estén en desacuerdo con los principios de la Institución. La Secretaría comunicará al solicitante la resolución tomada.

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.

Son derechos de todos los asociados:

a)    Usufructuar de los beneficios que brinde la Asociación, previa presentación del carnet y de uno de los tres últimos recibos mensuales.

b)    Recibir la revista y demás publicaciones de la Institución.

Sin prejuicio de lo anterior TODAS las comisiones de trabajo de la Asociación son abiertas a cualquier estudiante de medicina que desee participar de las mismas.

Son deberes y obligaciones de los socios:

a)    Conocer y cumplir las disposiciones que se dicten por la Comisión Directiva o Asambleas, debiendo acatar los fallos y resoluciones tomados por dichos órganos.

b)    Cooperar para que la Asociación alcance las finalidades y propósitos que dieron motivo a su creación.

c)     Velar por la conservación del patrimonio de la Institución.

d)    Estar al día con la  en el pago de sus cuotas sociales.

e)     Comunicar por escrito cuando presente renuncia o cambie de domicilio.

 

CUOTA SOCIAL

Los asociados abonarán con puntualidad en Secretaría las cuotas mensuales.

Los socios honorarios, adherentes y corresponsales, no abonarán cuota alguna.

 

SUSPENSIÓN O CESE DE LOS DERECHOS SOCIALES.

La calidad de socio se perderá:

a)    Por renuncia escrita.

b)    Por el atraso de tres meses en el pago de las cuotas sociales, En este caso se apercibirá al socio moroso con un primer aviso. Transcurridos 15 días sin haber regularizado su situación, se enviará un segundo aviso acordándosele un plazo definitivo de 15 días, vencido el cual, si no hubiese abonado las cuotas adeudadas, quedará eliminado de hecho del Registro social.

c)     En todos los demás casos, la suspensión o cese de los derechos sociales estarán regidos por el  Reglamento General.

 

INGRESO.

Cuando un asociado sea eliminado del Registro Social por las causas establecidas en el punto b) anterior; podrá reingresar mediante el pago de las cuatro cuotas atrasadas recuperando sus derechos en el momento de ponerse al día, siempre que no haya transcurrido un año desde su eliminación. Excedido ese plazo deberá abonar las cuatro cuotas atrasadas, y llenar todos los requisitos reglamentarios exigidos para el ingreso de nuevos socios.

En casos especiales y considerados justificados, la Comisión Directiva quedará facultada para realizar acuerdos y amnistías relacionados con el cobro de las cuotas atrasadas.

CARNET SOCIAL.

Los carnets y tarjetas de la Institución, son personales y en consecuencia intransferibles. El socio que contrariará esta disposición, será pasible de sanciones, que aplicará la Comisión Directiva o la Asamblea.

 

 

POR INFORMACIÓN Y CONSULTAS: http://www.aem.fmed.edu.uy/